NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE EMPRESA
CEBEK dispone desde el año 2012 de un Servicio para la negociación de Convenios y/o Acuerdos Colectivos en el ámbito empresarial que nació para dar respuesta a la demanda creciente de las empresas asociadas a raíz del incremento de negociación colectiva en este ámbito.
A través de este servicio hemos asesoramos y participado desde 2012 en la negociación de un gran número de convenios colectivos de ámbito empresarial. Solo este año 2021 estamos ayudando a más de 15 empresas asociadas a negociar su convenio colectivo y a otras muchas más en el en el asesoramiento de multitud de acuerdos de empresa de materias concretas (flexibilidad interna, registro horario, descuelgues, ERTES derivados del Covid-19, etc.).
Ayudamos a las empresas que lo demanden en el diseño de la estrategia de negociación y a elaborar su propuesta. Las asesoramos tanto en la introducción de herramientas de flexibilidad en el convenio como en la eliminación de rigidices que dificultan la adaptación a las necesidades de los clientes, participando también en las distintas mesas de negociación si la empresa lo requiere. Todo ello con una visión compartida de la empresa que tiene en cuenta su competitividad y sostenibilidad pero también las personas que la integran.
El servicio se ofrece en unas condiciones económicas absolutamente ajustadas para los asociados. Si desea más información en relación a dichas condiciones, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Para más información puede contactar con nuestros abogados.
SERVICIOS FACTURABLES
Entre los compromisos con sus asociadas que CEBEK refleja en su MISIÓN, se recoge el de garantizar que reciben, a tiempo, aquellas informaciones y conocimientos, que por su contenido y relevancia, se consideran procedentes.
CEBEK presta a sus asociados una amplia gama de servicios incluidos en la cuota que cubre todas las vertientes relacionadas con los derechos y obligaciones de carácter individual y colectivo derivados del contrato de trabajo, convenios colectivos y de las disposiciones legales (circulares informativas, asesoría telefónica especializada, organización de jornadas formativas y divulgativas,…).
Las cuestiones de mayor complejidad como trabajos de realización de informes escritos y otros de índole superior al asesoramiento son objeto de facturación, en condiciones ventajosas, y según tarifas aprobadas anualmente por nuestro Órganos de Gobierno.
Algunos conceptos de Servicios Jurídicos Facturables son los siguientes:
Por conciliación de despido ante la Sección de Conciliación de la Delegación de Trabajo
-Por asistencia al acto con redacción y tramitación de demanda y redacción carta de despido
-Por asistencia al acto con redacción de carta de despido
-Por asistencia al acto de conciliación
-Redacción de carta de despido
-Si la conciliación conlleva una actividad adicional a la mera asistencia al acto, se minutará un adicional mínimo la hora de trabajo
Por conciliación de sanción ante la Sección de Conciliación de la Delegación de Trabajo
-Por asistencia al acto
-Por asistencia al acto con redacción de carta de sanción
-Redacción carta de sanción
Por conciliación de cantidades ante la Sección de Conciliación de la Delegación de Trabajo
-Por asistencia al acto
-Si la conciliación conlleva una actividad adicional a la mera asistencia, se minutará un adicional mínimo de la hora de trabajo
Por asistencia a los procedimientos del PRECO
-Si el trámite es de carácter conciliatorio:
.por la asistencia al acto
.si conlleva una actividad adicional se minutará un valor mínimo
-Si los trámites son de mediación y arbitraje, con preparación de alegaciones, pruebas, etc. la minutación se realizará como en un procedimiento judicial
Conciliación Judicial
-Si el juicio se concilia y ha conllevado la preparación del mismo
-Si la actividad de la preparación y asistencia al acto supera las tres horas se minutará adicionalmente un mínimo por hora
-Considerando la trascendencia del asunto y su cuantía, se girará la minuta por las normas orientativas del Colegio de Abogados con un descuento del 25 al 50% en función del total de la minuta, sin que el total de esta resulte inferior a la tarifa mínima
Asistencia a Juicio.
-Si la actividad de su preparación y asistencia a la vista oral supera las tres horas, se minutará adicionalmente
-Considerando la trascendencia del asunto y su cuantía, se girará la minuta por las normas orientativas del Colegio de Abogados con un descuento del 25 al 50% en función del total de la minuta, sin que el total de esta resulte inferior a la tarifa mínima.
Inspección de Trabajo.
-Por visita ante la Inspección de Trabajo.
-Si la asistencia al acto y la preparación del asunto llevara un trabajo adicional superior en 1,5 horas, el tiempo extra dedicado se minutará.
Por preparación de escritos de impugnación de Actos Administrativos
-Según la trascendencia y cuantía, se aplicarán las normas del Colegio de Abogados
Por Recursos Contencioso Administrativo
-Con representación
-Sin representación
-Considerando la trascendencia del asunto y su cuantía, se girará la minuta por las normas orientativas del Colegio de Abogados con un descuento del 25 al 50% en función del total de la minuta, sin que el total de esta resulte inferior a la tarifa mínima.
Por Recursos de Suplicación o Casación.
-Considerando la trascendencia del asunto y su cuantía, se girará la minuta por las normas orientativas del Colegio de Abogados con un descuento del 25 al 50% en función del total de la minuta, sin que el total de esta resulte inferior a la tarifa mínima.
Modificación de condiciones de trabajo.
-Por elaboración del escrito de modificación de condiciones
-Si el trabajo excediera de una hora, el exceso se minutará
Negociación de Convenios Colectivos.
-Por horas de disposición o trabajo
-Por preparación de informes o redacción de documentos
-Gastos por dietas y kilometraje en desplazamientos según precio del convenio de Oficinas y Despachos
Asesoría Integral
-Si el cliente solicita una asesoría integral con iguala a valorar en función continuidad, contenidos de la iguala, etc.)
IGUALAS A EMPRESAS
CEBEK ofrece la posibilidad de concertar un sistema de prestación de servicios jurídicos laborares denominada “iguala” en virtud del cual mediante el pago de una cuota anual, establecida una vez analizadas las necesidades y dimensión de la empresa o cliente, quedan incluidos los servicios jurídicos previamente pactados entre ambas partes.
Con esta fórmula las empresas tienen fácilmente presupuestados los Honorarios que por servicios Jurídicos deberán abonar en cada ejercicio. Este sistema resulta sumamente ágil y eficaz para ambas partes, siendo muy beneficioso para el cliente, ya que tiene derecho al acceso inmediato y permanente del servicio legal que haya contratado en los términos pactados, con la ventaja añadida de no tener que preocuparse de los honorarios cada vez que haga una consulta o solicite un actuación legal.
Una gran ventaja es el trato más cercano y una comunicación más fluida con el cliente. Junto con la contratación de este servicio de iguala jurídica, efectuamos un reducción de un porcentaje en el cobro de nuestros honorarios profesionales sobre las tarifas unitarias, acordadas anualmente por nuestros órganos de Gobierno. El porcentaje de reducción variará en función del tipo de contrato de Iguala suscrito.
Consulte con nosotros y le daremos un presupuesto sin compromiso.