Una de las cuestiones respecto de la que actualmente existe una total incertidumbre es qué ocurre con la prestación extraordinaria por cese de actividad a la que tienen derecho los autónomos que vieron cerrados sus negocios con la declaración del estado de alarma, si reanudan su actividad según el Plan de Transición hacia una nueva normalidad publicado por el Gobierno el pasado 28 de abril de 2020.
A la espera de una norma que regule y aclare este extremo, el pasado 30 de abril el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración publicó una Nota de Prensa, en la que literalmente indica lo siguiente:
“Los autónomos beneficiarios de la prestación que puedan abrir su negocio al inicio de la desescalada seguirán percibiéndola hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma . La ayuda busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio”.
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