InicioLlámanos
94 400 28 00
Contacto eues

“La Empresa podrá ajustar unilateralmente el crédito horario de los/las delegados/as sindicales en caso de disminución de plantilla”

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, a través de su Sentencia de fecha 14 de julio de 2022 (nº recurso de casación 135/2020) ha reiterado la doctrina jurisprudencial plasmada en sus Sentencias de fecha 11 de abril de 2001 (nº rcud 1672/2000) y de 8 de noviembre de 2008 (nº rcud 4359/2007), confirmando así la posibilidad que dispone la empresa de ajustar unilateralmente el número de delegados/as sindicales, así como el crédito horario del que disponen los/las mismos/as, en supuestos de disminución de plantilla.

….

POST COMPLETO

Menu