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Criterio sobre prórroga de Ertes

Les informamos que con fecha 1 de mayo el Centro Directivo de la Dirección General de Trabajo (DGT) ha aclarado a través de una nota interpretativa cómo se debe proceder por parte de personas trabajadoras y empresas en relación con los Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de Fuerza mayor previstos en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, durante el periodo de transición anunciado. En cualquier caso habrá que estar atentos a cómo se plasma normativamente el “Plan para la transición hacia una nueva normalidad anunciado” de 28 de abril y a las modificaciones que se produzcan del RD Ley 8/2020 y/o de la normativa relacionada con los ERTE.

 

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